Que si el IVA del 21%, el 10%, el 4%… En fin, ¿qué lío verdad? No te preocupes, para eso está este artículo, para explicar de forma clara el IVA y los tipos que existen de forma clara y sencilla. Vaya, tal y cómo nos gustan a este equipo las cosas. Vamos allá.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Empecemos por el principio, el IVA es un impuesto indirecto. Los impuestos indirectos son tributos que gravan una manifestación de la capacidad económica del sujeto: el consumo de bienes y servicios. Vamos, que no te quitan el dinero directamente de tu cuenta o tu salario sino que lo hacen cuando vas a gastarlo.
En el sistema tributario español existen 2 impuestos indirectos que gravan el consumo, estos impuestos son el IVA y el TPO. Como regla general, podemos decir que si dichas operaciones:
Pero vamos a lo que nos interesa. Para resultar sujeta al IVA la entrega de bienes o prestación de servicios debe ser realizada en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
¿Y qué son actividades empresariales o profesionales? Las que impliquen la ordenación por cuenta propia de factores de producción materiales y humanos o de uno de ellos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
En particular, tienen esta consideración las actividades extractivas, de fabricación, comercio y prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras y el ejercicio de profesiones liberales y artísticas.
Estas actividades se consideran iniciadas desde el momento en que se realice la adquisición de bienes o servicios con la intención, confirmada por elementos objetivos, de destinarlos al desarrollo de tales actividades.
Además, se entienden realizadas en el ejercicio de una actividad empresarial:
Para entender el funcionamiento del IVA, debemos partir de 2 conceptos fundamentales:
El derecho a la deducción del IVA soportado implica que, en cada liquidación el empresario declara el IVA repercutido a los clientes, restando de este el soportado en las compras y adquisiciones a los proveedores, pudiendo ser el resultado tanto positivo como negativo:
IVA a ingresar = IVA repercutido a los clientes – IVA soportado en sus adquisiciones
Sólo si al final del ejercicio, en la última declaración trimestral presentada, el resultado es negativo se puede optar por solicitar la devolución o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones siguientes.
El tipo es el porcentaje que se aplica sobre la base imponible para obtener la cuota. Es definitiva y sin palabras raras, es el porcentaje del impuesto que se añade a lo que compras o contratas.
El tipo aplicable a cada operación será́ el vigente en el momento del devengo. Es decir, en el momento en el que nace la obligación de pago y existen:
El IVA general es del 21%. Es el tipo impositivo más común en territorio español, porque es el que se aplica por defecto a cualquier bien o servicio que se realice en España.
El IVA reducido es del 10%. Este tipo de IVA se aplica sobre todo a alimentos, sin incluir los considerados de primera necesidad ya que se les aplica.
El IVA superreducido es del 4%. Este tipo de IVA se aplica a bienes de primera necesidad como alimentos esenciales o viviendas de protección oficial (VPO)
Para que lo entiendas mejor, no es lo mismo el jamón o el agua, a los que se aplica un IVA del 10%, que una botella de Whisky o el tabaco, a los cuales se les aplica un IVA del 21%.
A continuación, te dejamos una tabla con algunos ejemplos de lo que acabamos de explicarte.
| Tipo de IVA | Tasa Impositiva | Ejemplos |
|---|---|---|
| IVA general | 21% | Alcohol, tabaco, electrodomésticos, coches, entradas de cine… |
| IVA Reducido | 10% | Actividades culturales, medios de transporte, electricidad… |
| IVA Superreducido | 4% | Alimentos esenciales (pan, fruta y verdura), medicamentos, viviendas de protección oficial, sillas de ruedas… |
| Sin IVA (Exentos) | 0% | Mascarillas, productos financieros, sellos de Correos o servicios de atención sanitaria. |
Es importante determinar la sujeción o no sujeción de la actividad. Seguidamente, se determinará la posibilidad de exención. Es decir, las actividades pueden estar:
Hay dos tipos de exenciones claramente diferenciadas: exenciones plenas y exenciones limitadas.
Resolvemos las dudas más comunes sobre el IVA y sus diferentes tipos para que puedas entender mejor cómo funciona este impuesto en tu día a día.
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que pagas cada vez que compras un producto o contratas un servicio. A diferencia de otros impuestos, no se descuenta directamente de tu nómina, sino que lo pagas cuando consumes. Es decir, se añade al precio de lo que compras y lo recauda el empresario o profesional que te vende el producto o servicio para después ingresarlo en Hacienda.
En España existen tres tipos de IVA: el IVA general del 21%, que se aplica a la mayoría de productos y servicios; el IVA reducido del 10%, que se aplica a alimentos básicos, transporte y actividades culturales; y el IVA superreducido del 4%, reservado para productos de primera necesidad como pan, frutas, verduras, medicamentos y viviendas de protección oficial. Además, algunos productos y servicios están exentos de IVA, como las mascarillas o los servicios sanitarios.
El IVA del 21% es el tipo general y se aplica por defecto a la mayoría de bienes y servicios. Algunos ejemplos son: alcohol, tabaco, electrodomésticos, coches, ropa, calzado, productos electrónicos, entradas de cine y servicios de hostelería. Básicamente, si un producto no está específicamente incluido en las categorías de IVA reducido o superreducido, llevará el 21%.
El pan se considera un alimento de primera necesidad, por lo que tiene un IVA superreducido del 4%, mientras que la cerveza es una bebida alcohólica y lleva el IVA general del 21%. El sistema de tipos de IVA está diseñado para que los productos esenciales para la vida diaria sean más asequibles, aplicándoles tipos impositivos más bajos, mientras que los productos considerados de lujo o no esenciales tienen un tipo más alto.
Los autónomos y empresarios deben repercutir el IVA a sus clientes (IVA repercutido) y pueden deducirse el IVA que pagan en sus compras y gastos profesionales (IVA soportado). Cada trimestre presentan una declaración donde restan el IVA soportado del IVA repercutido. Si el resultado es positivo, deben ingresarlo en Hacienda; si es negativo, pueden compensarlo en siguientes declaraciones o solicitar su devolución al final del año.
Este impuesto existe en España y en la mayoría de los demás países europeos.
Por ejemplo, los países que tienen un tipo general de IVA más alto que España son:
Por el contrario, los países con un tipo más bajo que España son:
Aunque también hay países con un tipo igual que España y son:
En definitiva, el IVA es impuesto a parte pero que está íntimamente relacionado con nuestra especialidad que es el IRPF. Y, además, influye mucho en la tributación de los trabajadores autónomos a quienes te recordamos que damos servicio. Por lo que si después de leer este artículo sigues teniendo alguna duda, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos encantados.
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