A la hora de pensar en tu jubilación, probablemente consideres aspectos como tus años de trabajo y las cotizaciones al sistema de Seguridad Social. Sin embargo, hay un factor que podría sorprenderte: los hijos también cuentan para la jubilación. Sí, has leído bien. La legislación española contempla mecanismos que reconocen el esfuerzo de la crianza mediante bonificaciones y reconocimientos en el cálculo de la pensión de jubilación.
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El número de hijos que tienes puede influir directamente en la cuantía de tu pensión. Desde 2016, existe un complemento para las mujeres jubiladas que han tenido hijos, diseñado para compensar la brecha de género en las pensiones. Este complemento varía según el número de hijos:
Sin embargo, estos porcentajes pueden reducirse si estás cerca de recibir la pensión máxima permitida o si no se trata de una jubilación ordinaria.
Este complemento por maternidad se aplica solo a las mujeres y bajo ciertas condiciones:
Además del complemento por hijos, el cuidado de menores también se reconoce como período cotizado. Este beneficio es particularmente relevante si has interrumpido tu carrera profesional para dedicarte al cuidado de tus hijos. Desde 2011, se permite sumar hasta cinco años de cotización por este motivo, aunque hay límites:
El cálculo de estos períodos se realiza asignando los días cotizables a los períodos en los que no existió obligación de cotizar, siempre respetando el máximo de cinco años en total. Estos días se añaden al cálculo de tu pensión, lo que puede incrementar significativamente la cuantía final que recibes.
Resolvemos las dudas más comunes sobre los complementos y beneficios en la pensión por tener hijos.
Sí, en España las mujeres con hijos pueden recibir un complemento en su pensión de jubilación. Este complemento varía según el número de hijos: un 5% adicional con dos hijos, un 10% con tres hijos, y hasta un 15% con cuatro o más hijos. Además, se reconocen periodos de cotización por el cuidado de los hijos, lo que también puede incrementar la cuantía final de tu pensión.
Este complemento se aplica exclusivamente a mujeres que sean pensionistas contributivas, es decir, aquellas que reciban una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. No aplica para pensiones no contributivas ni para casos de jubilación anticipada o parcial. Es necesario haber cotizado al sistema de Seguridad Social para poder acceder a este beneficio.
El sistema reconoce hasta 270 días de cotización por cada hijo cuando has interrumpido tu actividad laboral para cuidarlos. Esto puede sumar hasta un máximo de cinco años adicionales de cotización en total. Estos periodos se calculan tomando como referencia el promedio de tus bases de cotización en los seis meses anteriores a la interrupción laboral, y se añaden al cálculo de tu pensión para incrementar la cuantía final.
No, los periodos reconocidos por cuidado de hijos se aplican para mejorar la cuantía de todas las prestaciones, pero no sirven para alcanzar el mínimo de años cotizados que se requiere para poder jubilarse. Es decir, estos días adicionales aumentan tu pensión una vez que ya cumples con los requisitos mínimos de cotización, pero no te ayudan a llegar a ese mínimo inicial.
Los porcentajes del complemento por hijos pueden reducirse si tu pensión está cerca del límite máximo permitido por la Seguridad Social. El sistema ajusta el complemento para que la pensión total no supere el tope máximo establecido. Por eso, aunque tengas cuatro o más hijos, es posible que no recibas el 15% completo si tu pensión base ya es muy elevada.
Cuando se computan estos períodos para la base reguladora de tu pensión, se toma como referencia el promedio de tus bases de cotización en los seis meses anteriores al inicio de la interrupción. Si no tienes seis meses de cotización previos, se utiliza el promedio de lo que esté disponible.
Supongamos que una mujer se jubila tras haber trabajado durante 30 años y ha tenido tres hijos. Además, asumimos que durante 5 años de su vida laboral, se dedicó exclusivamente al cuidado de sus hijos, sin recibir prestaciones o subsidios por desempleo, y que su base de cotización promedio en los seis meses anteriores a su interrupción laboral fue de 1200 € por mes.
Para simplificar, supongamos que la base reguladora se calcula como el promedio de las bases de cotización de los últimos 15 años ajustados a la inflación, pero vamos a centrarnos en cómo los hijos afectan este cálculo.
Como tiene tres hijos, tiene derecho a un complemento del 10% sobre su pensión. Si su pensión calculada sin el complemento es de 1000 €, el complemento por hijos sería de 100 € (10% de 1000 €), haciendo que su pensión total sea de 1100 €.
Se reconocen 270 días por hijo como periodos cotizados. En su caso, por tres hijos, se sumarían 810 días, equivalentes a aproximadamente 2,2 años adicionales de cotización. Estos periodos se añaden a su registro de cotizaciones, lo que podría incrementar su base reguladora al extender el periodo promedio considerado para el cálculo.
Suponiendo que estos años adicionales aumenten su base reguladora (supongamos un 3% adicional debido a un mayor número de años cotizados), su pensión antes del complemento podría ser ahora de 1,030 €. Aplicando el complemento por tres hijos, su pensión final sería de 1,133 € (1,030 € más el 10%).
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