¿Quieres saber cómo va la jubilación si eres autónomo? Pues bienvenido entonces, porque en este articulo te lo vamos a explicar para que lo tengas no claro sino transparente. Tú sigue leyendo y ya verás que cuando termines no te quedarán dudas sobre cuestiones como, por ejemplo, cuándo te puedes jubilar, cuánto cobrarás de pensión o qué es la jubilación activa.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
A grandes rasgos la jubilación funciona para los autónomos de manera muy similar a la de los trabajadores por cuenta ajena. Y, si bien, hay diferencias entre ambos sistemas el planteamiento general del que se parte es el mismo:
Cuando se cumple una determinada edad se puede dejar de trabajar y cobrar una pensión del estado, y la mayor o menor cuantía de esta va a venir determinada por dos elementos:
Estadísticamente, en España, la mayoría de autónomos jubilados cobran pensiones considerablemente más bajas que quienes han sido empleados de empresas. El motivo es que hasta 31 de diciembre de 2022 los autónomos podían elegir su base de cotización, y la mayoría optaba por la mínima.
Esta era la forma de que la cuota a pagar a la seguridad social fuera lo más baja posible (rondaba los 300 euros), porque se calcula aplicando un porcentaje sobre la base en cuestión. Pero, claro, si pagas menos, cotizas por menos y las prestaciones que recibes después también son más pequeñas.
Con la reforma que ha tenido lugar en 2023 y que supone la cotización en autónomos en función de los rendimientos reales obtenidos ya no se puede elegir la base sobre la que calcular la cuota sino que se cotiza en función de lo que se gana, igual que pasa en el caso de los trabajadores por cuenta ajena.
Ahora bien, hasta que el efecto de este aumento en la base de cotización media se pueda ver en las jubilaciones deben pasar bastante años…
La edad en la que podrás empezar a cobrar una pensión de jubilación como autónomo va a depender del período total por el que hayas cotizado durante toda tu vida laboral y está entre:
Este sistema entró en vigor en 2013 y su implementación es progresiva, terminando en 2027. Esto implica que a medida que el año de jubilación sea más cercano a 2027.
La tabla a aplicar es la siguiente:
| Año | Período cotizado | Edad Exigida |
|---|---|---|
| 2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años |
| Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
| 2025 | 38 o más años | 65 años |
| Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
| 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 meses y 6 meses | 67 años |
¿Te resulta un poco liosa? Con los siguientes ejemplos vas a entender perfectamente su funcionamiento:
Imagínate que piensas jubilarte en 2023. Podrás hacerlo:
Para jubilarte en 2026 tendrás que estar en una de las siguientes situaciones:
¿Te puedes jubilar en 2026 si has cumplido 66 años y tienes 37 años cotizados? No, porque si no has cotizado durante 38 años y 3 meses o más no te puedes jubilar hasta que tengas 66 años y 4 meses.
Como ves, juegan dos elementos: la edad y el período mínimo de cotización. La normativa contempla también la posibilidad de la jubilación anticipada a la que te podrás acoger cuando cumplas una serie de requisitos y también el hecho de que puedas empezar a cobrar la pensión y seguir trabajando. Ambos casos los veremos más adelante.
Para poder cobrar una pensión de jubilación has debido de cotizar, como mínimo, durante 15 años. Y además, 2 de ellos han debido tener lugar en los 15 años inmediatamente anteriores a tener derecho a la prestación. Si no cumples estos dos requisitos no podrás percibir una pensión por jubilación aunque tengas más de 67 años.
Y la pregunta del millón: ¿cuánto cobra un autónomo de jubilación? Pues depende…
El importe de la pensión va a variar en función de la base de cotización sobre la que hayas pagado tu cuota de autónomos y el número de años cotizados.
En este sentido, hay varias ideas básicas que son de aplicación a la hora de calcular la jubilación del autónomo:
El importe se obtiene a partir de la base reguladora, la cual se consigue sumando las bases de cotización de los últimos 300 meses y dividiendo el resultado entre 350.
Es decir, cuando hablamos de cobrar el 100% nos estamos refiriendo a cobrar un importe igual a la base reguladora (su 100%), que es menor que la base de cotización.
Para poder cobrar una pensión igual al 100% de la base reguladora es necesario haber cotizado como mínimo:
Partiendo de esto ya puedes calcular el importe de tu propia pensión de jubilación de la forma que te explico a continuación.
El cálculo de la pensión del autónomo se realiza de la siguiente manera:
La cotización de los primeros 15 años da derecho a percibir el 50% de la base reguladora. Recuerda que tienes que haber cotizado como mínimo 15 años (2 de ellos en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación) para poder jubilarte.
Cada mes de cotización adicional a estos 15 años supone añadir un porcentaje según la siguiente tabla:
| Año de jubilación | Primeros 15 años | % Base regulad ora | Meses adicionales a 15 años | Coeficiente | % | Años adicionales a los primeros 15 | Total años | Importe pensión |
| 2023 a 2026 | 15 | 50% | 1 al 49 | 0,21 | ||||
| 15 | 50% | 209 restante s | 0,19 | |||||
| 15 | 50% | Total 258 meses | 50% | 21,5 | 36,5 | 100% | ||
| 2027 en adelante | 15 | 50% | 1 al 248 | 0,19 | ||||
| 16 restantes | 0,18 | |||||||
| Total 264 meses | 50% | 22 | 37 | 100% |
Como ves, el importe final de la pensión a cobrar partirá del 50% de la base reguladora, que corresponde con 15 años de cotización, e irá aumentado progresivamente en función de los meses adicionales de cotización hasta llegar al 100% si has cotizado durante 37 años (o 36,5 si te jubilas entre 2023 y 2026).
Con el siguiente ejemplo lo verás claro:
Soy autónoma y en 2026 puedo acceder a la jubilación con la edad requerida de 66 años y 8 meses. En esa fecha he cotizado a la seguridad social durante 35 años y mi base reguladora (resultado de dividir la base de cotización de los últimos 300 meses entre 350) es de 1.000 euros.
El cálculo a realizar sería el siguiente:
49 meses x 0,21 = 10,29%
191 meses x 0,19 = 36,29%
Porcentaje total: 50% + 10,29% + 36,29% = 96,58%
El importe de mi pensión sería, por tanto, de 965,80 euros al mes (1.000 x 96,58%)
Sí, sí que puedes. Es lo que se llama la jubilación activa y funciona de la siguiente manera:
En la jubilación activa del autónomo puedes empezar a cobrar tu pensión de jubilación y seguir trabajando en tu negocio. También te beneficiarás de una reducción en la cuota a pagar a la seguridad social.
Mientras estés en situación de jubilación activa el importe de la cuota a pagar a la seguridad social por autónomos será más baja porque solo tendrás que cotizar por incapacidad temporal y contingencias profesionales más un 9% que se denomina “de solidaridad”.
Siendo autónomo, podrás acogerte a la jubilación anticipada, como máximo, en los dos años anteriores a la edad en la que legalmente te puedas jubilar y debes cumplir los siguientes requisitos:
¿Y cuánto cobrarás de pensión? Menos que si esperas a la edad que legalmente te corresponde, como es lógico, porque el importe de la pensión que cobrarías en función del tiempo que has cotizado se minorará aplicando unos coeficientes reductores que varían en función del número de meses que hayas adelantado la jubilación y del tiempo que hayas cotizado en total.
Si has cotizado en tanto en régimen general como en autónomos te interesa saber lo siguiente: podrás cobrar una pensión de jubilación por cada régimen si cumples los requisitos en ambos; la cotización mínima de 15 años de los cuales 2 deben tener lugar en los 15 años inmediatamente anteriores al acceso a la jubilación.
Es decir, tendrías que haber cotizado 15 años en autónomos y 15 en el régimen general. Y además 2 de cada uno de ellos en los 15 anteriores a la jubilación.
Si no cumples lo anterior solo cobrarás una pensión y será la de aquel régimen en el que estés dado de alta al momento de empezar a cobrarla.
Si en este régimen no has cotizado más de 15 años la pensión será la que corresponda al régimen en el que cotizaste anteriormente si en él si los has cotizado.
Y si en ninguno de los dos has superado los 15 años se tomará aquel en el que hayas cotizado más tiempo.
Los años en los que hayas cotizado en ambos regímenes a la vez no se computarán dobles pero sí que se sumarán las dos bases de cotización para calcular la base reguladora.
Lo verás más claro con estos ejemplos:
El período de cotización será de 18 años (la suma de los dos).
Los empresarios o profesionales que desarrollan su actividad con una sociedad pueden acceder a la jubilación en los mismos términos y condiciones que el que lo hace como persona física.
Solo existe una diferencia y es que en caso de jubilación activa el importe de la pensión a cobrar será del 50% y nunca del 100%. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo al entender que el aumento de pensión previsto cuando se tiene al menos un trabajador por cuenta ajena no es aplicable a los autónomos societarios porque no son ellos los que directamente contratan al trabajador sino que lo hace la sociedad.
No es necesario que estés en situación de alta a la fecha de jubilarte pero sí que de todos los años que has cotizado 2 de ellos hayan tenido lugar dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la solicitud.
Resolvemos las dudas más comunes que tienen los trabajadores por cuenta propia sobre su jubilación.
Depende de los años que hayas cotizado. Si has cotizado 38 años y 6 meses o más, podrás jubilarte a los 65 años. Si has cotizado menos, tendrás que esperar hasta los 67 años. Este sistema se está implementando de forma progresiva hasta 2027, por lo que la edad exacta varía según el año en que te jubiles.
Necesitas haber cotizado al menos 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Además, 2 de esos años deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha en que solicites la jubilación. Si no cumples estos requisitos, no podrás cobrar pensión aunque tengas la edad requerida.
Sí, es lo que se conoce como jubilación activa. Podrás cobrar el 50% de tu pensión mientras sigues trabajando, siempre que tengas la edad legal de jubilación y hayas cotizado el tiempo necesario para cobrar el 100% de la base reguladora (36,5 o 37 años según el año). Además, pagarás una cuota de autónomos reducida durante este periodo.
Tu pensión se calcula a partir de la base reguladora, que es la media de tus bases de cotización de los últimos 300 meses dividida entre 350. Con 15 años cotizados cobrarás el 50% de esa base reguladora, y el porcentaje irá aumentando con cada mes adicional cotizado hasta llegar al 100% cuando hayas cotizado 37 años (o 36,5 años si te jubilas entre 2023 y 2026).
Sí, puedes acceder a la jubilación anticipada como máximo 2 años antes de tu edad legal de jubilación. Para ello necesitas haber cotizado al menos 35 años y que el importe de tu pensión sea superior a la cuantía mínima establecida. Ten en cuenta que tu pensión se reducirá aplicando unos coeficientes según los meses que adelantes la jubilación.
Si has cotizado 15 años o más en cada régimen (con 2 años en los últimos 15 en cada uno), cobrarás dos pensiones separadas. Si no llegas a 15 años en alguno de los regímenes, solo cobrarás una pensión del régimen donde estés dado de alta al jubilarte, o del que tengas más años cotizados. En cualquier caso, todos tus años cotizados se sumarán para calcular el importe final.
Y hasta aquí llegamos… Pero antes de terminar, dime: ¿tienes ya claro cuál es tu situación real? ¿cuánto queda para poder jubilarte? Sea mucho o poco recuerda que en TaxDown somos expertos en facilitar la vida a los autónomos en todo lo que a impuestos y seguridad social se refiere. Trabaja con nosotros y verás que estarás tan tranquilo que no te importará retrasar la jubilación.
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