Cómo funciona la tarifa plana para autónomos 2026 en Madrid

Descubre cómo pagar solo 80€ al mes durante tu primer año como autónomo en Madrid y los requisitos para beneficiarte de esta ayuda.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
La tarifa plana de autónomos en Madrid permite pagar solo 80€ al mes durante el primer año (ampliable a dos si ganas menos del SMI). Te contamos los requisitos, documentación necesaria y cómo solicitarla en la sede electrónica.

Te vamos a contar todo lo que te interesa saber sobre, atención: tarifa plana autónomos Madrid.

Sigue leyendo porque y que te puedes ahorrar un buen dinerito si cumples los requisitos.

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

Qué es la tarifa plana para autónomos

Los autónomos que inician su actividad y cumplen una serie de condiciones (que veremos más adelante) disfrutan de una bonificación en la cuota a pagar a la seguridad social. Es lo que se llama tarifa plana.

Es una medida muy interesante porque implica un ahorro considerable justo en los comienzos de un negocio, que es cuando los ingresos suelen ser menores y la incertidumbre mayor.

El importe a pagar es de 80 durante el primer año y se puede prorrogar al segundo si los ingresos obtenidos no superan el salario mínimo interprofesional.

Está muy bien ¿verdad?

Bueno, pues aún mejor está la tarifa plana para los autónomos en la comunidad de Madrid (también en Andalucía y Murcia a la fecha de publicación de este post) porque supone un ahorro aún mayor como verás.

Cantidad a pagar

En Madrid, la cantidad a pagar por la tarifa plana de autónomos es de 80 euros durante el primer año, pero si cobras menos del SMI, podrás ampliarlo otros 12 meses.

Sí, has leído bien: si inicias una actividad por tu cuenta en la comunidad de Madrid y cumples los requisitos para acogerte a la tarifa plana no tienes que pagar nada a la seguridad social.

Esto no quiere decir que no cotices sino solo que estamos ante una cuota bonificada en su totalidad. Y así, aunque la cuota sea cero, cotizarás igual que cualquier otro autónomo salvo por las contingencias correspondientes al cese de actividad y formación profesional.

Estarás cubierto, por tanto, para los casos de baja médica por enfermedad, viudedad, jubilación, etc.

Requisitos para acogerse a ella

Para optar por la tarifa plana de cuota cero en Madrid tienes que cumplir los siguientes requisitos:

  • Iniciar tu actividad empresarial o profesional a partir del 1 de enero de 2025.
  • Tienes que ser residente en la comunidad de Madrid y realizar en ella tu actividad empresarial o profesional.
  • No has podido estar dado de alta como autónomo en los 2 años anteriores al inicio de la actividad.

Este plazo será de 3 años si en algún momento anterior ya disfrutaste de este tipo de bonificación.

  • Tienes que estar al corriente en todos tus pagos con la Seguridad Social y con Hacienda, tanto con la de la Administración del Estado como con la autonómica.
  • No puedes tener la condición de autónomo colaborador, es decir, que estés obligado a estar en el RETA por ser familiar directo del titular del negocio. (Por si no te suena, el RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
  • No ser religioso de la iglesia católica.

También tendrán derecho a esta ayuda prevista en la normativa autonómica:

  • Las mujeres autónomas que hubieran cesado en el desarrollo de su empresa por maternidad, adopción, acogimiento o tutela y vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los 2 años siguientes a la fecha de cese efectiva (y siempre a partir del inicio del 2025).
  • Los trabajadores por cuenta ajena beneficiarios de la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave y que tengan reconocido el derecho a la bonificación en la cuota prevista por la legislación estatal.
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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

¿Y qué ocurre con los autónomos que iniciaron su actividad antes de 2025?

La cuota cero solo es aplicable en los casos de alta en el RETA con fecha posterior al 1 de enero de 2025 y a los que ya vinieran ejerciendo su actividad por cuenta propia en 2023 les será de aplicación la normativa vigente en su momento.

Así que si es tu caso lo sentimos, porque deberás seguir abonando tus cuotas según el sistema de tarifa plana existente en el momento de tu alta.

¿Qué documentación hace falta?

Al realizar la solicitud deberás aportar la siguiente documentación:

  • Declaración censal de inicio de actividad (modelos 036 o 037) en la que conste el domicilio de la actividad en la Comunidad de Madrid.
  • Certificado emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) de estar al corriente en el pago de los tributos.
  • Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en los pagos con dicho organismo.

Si en lugar de realizar tú los trámites directamente lo hace otra persona en calidad de representante tuyo deberás aportar también la documentación que acredite dicha representación.

Cómo solicitarla

Puede solicitarla en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid cumplimentando el formulario correspondiente y aportando la documentación que hemos comentado.

Es necesario que cuentes con DNI electrónico y certificado digital para poder realizar los trámites online.

Duración de la tarifa plana de autónomos

La duración de la tarifa plana es de 12 meses, durante los cuales la cuota será de 80 euros.

Este plazo se ampliará por otros 12 meses más si los rendimientos netos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional.

Esta es la regla general: 12 meses prorrogables por otros 12 más.

Ahora bien, existen dos casos especiales en los que la duración es superior:

  1. Cuando se trate de mujeres autónomas que reinician la actividad en la que cesaron por cuidado de hijos, adopción, tutela o acogimiento, la duración de la tarifa plana será de 24 meses.
  2. Cuando se trate de autónomos con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, o sean víctimas de violencia de género o del terrorismo la ayuda aplicable en Madrid tendrá un duración inicial de 24 meses que se podrán prorrogar por otros 36 más si los rendimientos netos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional. Osea, que puede llegar hasta los 5 años.

Preguntas frecuentes sobre la tarifa plana de autónomos en Madrid

Resolvemos las dudas más comunes sobre esta ayuda que puede suponer un gran ahorro si estás empezando tu actividad como autónomo en la Comunidad de Madrid.

¿Cuánto tengo que pagar con la tarifa plana de autónomos en Madrid?

Si inicias tu actividad como autónomo en Madrid a partir de 2024 y cumples los requisitos, pagarás 80 euros al mes durante el primer año. Si tus ingresos no superan el salario mínimo interprofesional, podrás ampliar esta tarifa reducida otros 12 meses más. Aunque pagues esta cantidad reducida, seguirás cotizando y estarás cubierto para bajas médicas, jubilación y otras contingencias.

¿Puedo solicitar la tarifa plana si ya fui autónomo hace unos años?

Sí, pero debes cumplir un plazo mínimo sin haber estado dado de alta. Si nunca antes disfrutaste de la tarifa plana, necesitas no haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores. Si ya la utilizaste en el pasado, este plazo se amplía a 3 años. Es importante respetar estos periodos para poder beneficiarte de la bonificación.

¿Cuánto tiempo puedo disfrutar de la tarifa plana?

La duración estándar es de 12 meses, prorrogables por otros 12 meses más si tus ingresos son inferiores al SMI. Sin embargo, hay casos especiales: las mujeres que reinician su actividad tras una baja por maternidad pueden disfrutarla durante 24 meses, y los autónomos con discapacidad igual o superior al 33% o víctimas de violencia de género pueden llegar hasta los 5 años de bonificación.

¿Qué documentos necesito para solicitar la tarifa plana en Madrid?

Necesitarás presentar tres documentos principales: la declaración censal de inicio de actividad (modelo 036 o 037) donde conste tu domicilio en Madrid, un certificado de la AEAT que acredite que estás al corriente de pago con Hacienda, y otro certificado de la Seguridad Social confirmando que no tienes deudas pendientes. La solicitud se realiza online a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

¿Puedo solicitar la tarifa plana si empecé mi actividad antes de 2024?

No, la tarifa plana con cuota de 80 euros en Madrid solo está disponible para autónomos que se den de alta a partir del 1 de enero de 2024. Si iniciaste tu actividad en 2023 o antes, se te aplicará la normativa de tarifa plana que estaba vigente en el momento de tu alta, pero no podrás acceder a esta nueva bonificación mejorada.

Con TaxDown es más fácil

En conclusión: que si emprendes en Madrid podrás disfrutar de una importante ayuda en tu tarifa plana como autónomo. Y, tanto si resides en esa comunidad como si lo haces en cualquier punto del resto de España, también podrás contar con la ayuda de Taxdown para cumplir con todas tus obligaciones para con Hacienda o la Seguridad Social. Somos expertos, cercanos y eficientes. ¡No lo olvides!.

Autor
Equipo TaxDown
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