El impuesto de solidaridad a las grandes fortunas ya está en marcha. Este tributo nació para equilibrar las diferencias fiscales entre comunidades autónomas y, de paso, recaudar más dinero de aquellos con mayor capacidad económica. En resumen, si tienes un patrimonio superior a 3 millones de euros, Hacienda quiere charlar contigo. ¡Vamos a explicártelo todo en este artículo!
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Aunque se conoce como el “impuesto a las grandes fortunas”, realmente su nombre oficial es el “impuesto de solidaridad a las grandes fortunas”. Este impuesto, que entró en vigor en 2023, afecta a los contribuyentes con un patrimonio neto mayor de 3 millones de euros. El objetivo: que los que más tienen contribuyan un poquito más al Estado.
Tiene tramos progresivos que van desde el 1,7% hasta el 3,5%, dependiendo del valor del patrimonio. Lo mejor de todo es que, aunque te suene a «nuevo», no es tan distinto del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). El impuesto a las grandes fortunas complementa al IP en las comunidades autónomas donde no se aplique o donde el tipo impositivo sea inferior.
La base imponible de este nuevo impuesto se obtiene del patrimonio neto del sujeto, si necesitas calcular tu base imponible puedes hacerlo con nuestra calculadora.
Tiene carácter estatal y su recaudación no puede ser compensada con el impuesto autonómico. De hecho, es complementario a este. Pero ojo, no vas a pagar dos veces por lo mismo: lo que ya pagues por el IP lo podrás deducir aquí. ¡Respira tranquilo!
Ahora vamos a lo bueno: ¿Cuánto vas a pagar? El impuesto tiene tres tramos dependiendo de cuánto «pesa» tu patrimonio:
Base liquidable | Porcentaje |
| Entre 3.000.000€ y 5.000.000€ | 1,7% |
| Entre 5.000.000€ y 10.000.000€ | 2,1% |
| De 10.000.000€ en adelante | 3,5% |
Y como en el Impuesto sobre el Patrimonio, tienes un mínimo exento de 700.000€. Esto quiere decir que, si tu patrimonio total (incluyendo propiedades, inversiones, cuentas bancarias, etc.) es menor de 700.000€, no tendrás que pagar nada por este impuesto. Solo pagarás impuestos por el dinero que supere esa cantidad. Por ejemplo, si tienes un patrimonio de 800.000€, solo se aplicará el impuesto sobre los 100.000€ que exceden esos 700.000€.
Además, los primeros 300.000€ de tu vivienda habitual también están exentos Esto quiere decir que los primeros 300.000€ del valor de tu vivienda habitual están exentos de este impuesto. Vamos, que si tu casa vale 500.000€, solo se considerarán 200.000€ como parte de tu patrimonio para el cálculo del impuesto.
Aquí algunos casos para que lo entiendas mejor:
Si tu patrimonio total (sí, incluyendo inversiones, casas, empresas, etc.) supera los 3 millones de euros, este impuesto es para ti. Se aplica en las comunidades que bonifican o tienen tipos reducidos en el Impuesto sobre el Patrimonio, como Madrid, Andalucía, Galicia, Murcia, entre otras.
Tienes que declararlo en la declaración de la renta, durante los meses de abril a junio. Así que, si tu patrimonio es más grande que el bolso de Mary Poppins, marca esas fechas en el calendario.
Para declarar este impuesto, necesitarás rellenar el modelo 718, que se presenta junto a la declaración del patrimonio y la renta. Es un trámite sencillo, pero si te abruma, no te preocupes. En TaxDown estamos aquí para echarte una mano.
Resolvemos las dudas más comunes sobre este tributo que afecta a los patrimonios superiores a 3 millones de euros.
Debes pagar este impuesto si tu patrimonio neto supera los 3 millones de euros. Eso sí, recuerda que tienes un mínimo exento de 700.000€ y que los primeros 300.000€ de tu vivienda habitual también están exentos. Así que solo pagarás por la cantidad que exceda estos límites.
El impuesto tiene tres tramos progresivos: si tu patrimonio está entre 3 y 5 millones de euros, pagarás un 1,7%; entre 5 y 10 millones, un 2,1%; y a partir de 10 millones de euros, el porcentaje sube al 3,5%. El tipo se aplica sobre la cantidad que supere cada tramo.
No te preocupes, no pagarás dos veces por lo mismo. Lo que ya hayas pagado por el Impuesto sobre el Patrimonio autonómico lo podrás deducir del impuesto de solidaridad. Este nuevo tributo es complementario y está pensado para equilibrar las diferencias fiscales entre comunidades autónomas.
Se declara junto con la renta, entre los meses de abril y junio. Tendrás que rellenar el modelo 718, que se presenta junto a la declaración del patrimonio y la renta. Si necesitas ayuda con el trámite, siempre puedes contar con asesores especializados que te guíen en el proceso.
Se aplica principalmente en las comunidades que bonifican o tienen tipos reducidos en el Impuesto sobre el Patrimonio, como Madrid, Andalucía, Galicia y Murcia, entre otras. El objetivo es compensar esas bonificaciones y garantizar que todos los contribuyentes con grandes patrimonios aporten de forma similar al Estado.
Sabemos que calcular tanto un impuesto como otro, puede resultar complicado. Por eso en TaxDown contamos con asesores especializados en materia de impuestos. Podrás contactar con ellos y resolverán cualquier duda que tengas. Además, revisarán al detalle que tu declaración esté bien hecha.
Además, con nuestro algoritmo podrás calcular de forma inmediata la base imponible resultante, según tu situación profesional y personal. Así, no tendrás que preocuparte por nada. Entra y si tienes cualquier consulta, no dudes en preguntarnos. ¡Te esperamos!
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