Cómo incluir en la declaración de la renta a los hijos que trabajan

Descubre si puedes incluir a tus hijos trabajadores en tu declaración y qué deducciones fiscales puedes aprovechar este 2024.

Actualizado en:
6/2/26
Resumiendo:
Incluir a tus hijos que trabajan en la declaración de la renta es posible si son menores de 25 años, conviven contigo y no ganan más de 8.000 € anuales. Cumpliendo estos requisitos, podrás aplicarte deducciones fiscales por hijos dependientes.

¡Llegó la temporada de la renta! Ya sabes, ese momento del año en el que nos convertimos en expertos en formularios y cálculos fiscales. Una de las grandes incógnitas que nos asaltan es si podemos incluir a nuestros hijos en la declaración de la renta, sobre todo si ya han empezado a ganar sus primeros sueldos. Es normal que te preguntes si es posible incorporar a tus hijos en tu declaración de la renta, ¡así que llegó la hora de resolver todas tus dudas!

En este artículo, profundizaremos en la declaración de la renta con hijos que trabajan, explorando todas las cuestiones clave. Desde los requisitos específicos que deben cumplir hasta las deducciones relacionadas con los hijos que puedes aprovechar. En TaxDown, nos aseguramos de que la declaración de la renta sea un proceso sencillo y sin complicaciones, ¡porque hacer la declaración no tiene por qué ser un dolor de cabeza!

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

¿Puedes meter a tu hijo en la declaración de la renta si trabaja?

La respuesta es afirmativa, sí puedes meter a tu hijo en la declaración de la renta si trabaja, peroooo… No todo es tan simple. 

La Agencia Tributaria, en su afán de mantenernos alerta, ha establecido ciertas condiciones que deben cumplirse para poder incluir a un hijo que trabaja en tu declaración de la renta. Estas condiciones aseguran que no todo hijo con ingresos pueda ser fácilmente incorporado. Conocerlas te ayudará a navegar este proceso sin perder la calma y con una sonrisa. 

Venga, ¡vamos a por ellas!

Requisitos

Antes de incluir a tu hijo trabajador en tu declaración de la renta, Hacienda ha puesto algunas condiciones que deben cumplirse. No te preocupes, no son misiones imposibles. A continuación, te detallamos los requisitos que necesitas conocer para que este proceso sea pan comido:

  1. Edad: tus hijos deben ser menores de 25 años para ser incluidos en tu declaración de IRPF. ¡Incluso si cumplen 25 el 31 de diciembre, todavía cuentan como tus pequeños! A menos que tengan una discapacidad igual o superior al 33%, caso en que este requisito se pasa por alto.  
  2. Convivencia: tienen que vivir contigo. Sí, eso significa que todavía duermen bajo el mismo techo que tú y probablemente te roban tus snacks de vez en cuando. Ah, ¡y también debes tener su custodia, ya sea compartida o exclusiva!
  3. Requisitos económicos: sus ganancias no pueden pasar de los 8.000 € al año y no pueden haber presentado su propia declaración de la renta porque ganaron más de 1.800 €. Y como toque final, ¡deben depender económicamente de ti!

¡Bien! Ahora que ya tenemos claritos los requisitos para incluir un hijo trabajador en tu declaración de la renta han quedado claros (o eso esperamos), vamos a poner un ejemplo práctico.

Imagina que tienes un hijo llamado Juanjo, que vino al mundo el 10 de febrero de 1999. A lo largo de este año fiscal, ha sido todo un campeón: completó exitosamente sus estudios de Máster y se aventuró a hacer prácticas en una empresa. Por dicho esfuerzo, recibió una compensación de 1.500 € en concepto de “ayuda al estudio”. 

Y Juanjo no vive en cualquier parte, no. Reside contigo y con tu pareja en un acogedor pisito a las afueras de Carabanchel. 

Ahora, ¿crees que Juanjo cumple con las condiciones para ser incluido en tu declaración de la renta? ¡Averigüémoslo!

  • Edad: Juanjo tiene 25 años, ¡pero no hay problema! Según este requisito, incluso si hubiera cumplido los 25 el 31 de diciembre, ¡aún sería considerado menor de 25 para efectos fiscales!
    • Recuerda que si Juanjo tuviera una discapacidad igual o superior al 33%, esta regla se omitiría. 
  • Convivencia: Juanjo vive contigo y tienes su custodia. Así que… ¡Otro requisito cumplido!
  • Requisitos económicos: Juanjo no ha ganado más de 8.000 € al año, ni tampoco ha presentado su propia declaración de la renta al no superar los 1.800 € de ingresos anuales. Además, él depende económicamente de ti. 

¡Todo en orden! Juanjo pasa con éxito todos los requisitos. ¡Es momento de incluirlo en tu declaración de la renta como hijo dependiente y así acceder a la muchas ventajas fiscales que esto puede traerte! ¿De qué estamos hablando? ¡Pues de las famosas deducciones por hijos! ¿Te suena interesante? Pues no te pierdas el siguiente apartado 😉

Cuál es la cantidad máxima que puedes deducir

¿Has oído eso de que puedes deducir un 50% de los gastos cuando usas el coche tanto para el trabajo como para tus asuntillos personales? Pues, siento ser aguafiestas, pero ese 50% solo se aplica al IVA del coche, nunca al IRPF. En el IVA, sí puedes deducir hasta un 50%, o menos si usas el coche más para tus escapadas personales. ¡Así que, ojo con esto!

Este porcentaje se debe a que la Agencia Tributaria considera que ese coche también lo utilizas para fines personales, como ir al super o al colegio de tu pequeño. Como no pueden saber exactamente cuánto tiempo usas el coche para trabajar y cuanto para tus aventuras personales, lo divide por la mitad y ¡aparcao! (nunca mejor dicho) 

El IRPF, por su parte, es más dramático: o todo o nada. O usas tu coche solo para trabajar o no podrás aplicarte la deducción en la renta. En la práctica, esto significa que deducir cualquier vehículo que no sea comercial puede atraer la curiosidad de Hacienda. ¡Así que prepárate para posibles investigaciones!

Por tanto, si eres autónomo, tienes más de un coche y uno de ellos lo utilizas exclusivamente para fines laborales, ¡bingo! Podrás desgravar el 100% del seguro de ese coche en la declaración de la renta, sin importar las coberturas contratadas.  Así que, si tienes un coche dedicado a tu profesión, ya puedes relajarte y disfrutar de ese beneficio.
Esto también se aplica a los coches de renting y leasing.

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes sobre incluir hijos que trabajan en la declaración de la renta

Resolvemos las dudas más comunes que surgen cuando tus hijos empiezan a trabajar y quieres saber cómo afecta esto a tu declaración de la renta.

¿Puedo incluir a mi hijo en la declaración de la renta si trabaja?

Sí, puedes incluir a tu hijo en tu declaración de la renta aunque trabaje, siempre que cumpla ciertos requisitos. Debe ser menor de 25 años, convivir contigo, no ganar más de 8.000 euros al año y no haber presentado su propia declaración si sus ingresos superan los 1.800 euros. Si cumple estas condiciones, podrás beneficiarte de las deducciones fiscales por hijos dependientes.

¿Hasta qué edad puedo incluir a mi hijo en mi declaración?

Puedes incluir a tu hijo en tu declaración de la renta hasta que cumpla 25 años. Incluso si cumple 25 el 31 de diciembre del año fiscal, todavía cuenta como menor de 25 años a efectos fiscales. La única excepción es si tu hijo tiene una discapacidad igual o superior al 33%, en cuyo caso no existe límite de edad.

¿Qué pasa si mi hijo gana más de 8.000 euros al año?

Si tu hijo supera los 8.000 euros de ingresos anuales, ya no podrás incluirlo como hijo dependiente en tu declaración de la renta. En ese caso, deberá presentar su propia declaración de forma independiente y no podrás aplicarte las deducciones fiscales por hijos a su cargo.

¿Qué deducciones puedo aplicarme por tener hijos dependientes?

Existen varias deducciones tanto estatales como autonómicas. A nivel estatal, puedes beneficiarte de la deducción por maternidad, la deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Además, cada comunidad autónoma ofrece deducciones específicas por nacimiento, adopción, gastos de guardería, material escolar, conciliación laboral y familiar, entre otras. Las deducciones varían según tu lugar de residencia.

¿Mi hijo puede vivir conmigo y presentar su propia declaración?

Sí, tu hijo puede vivir contigo y presentar su propia declaración de la renta si sus ingresos superan los 1.800 euros anuales o si decide hacerlo voluntariamente. Sin embargo, si presenta su propia declaración habiendo ganado más de 1.800 euros, ya no podrás incluirlo como dependiente en tu declaración, aunque cumpla el resto de requisitos de edad, convivencia e ingresos inferiores a 8.000 euros.

Las deducciones que puedes aplicarte por tener hijos

¿Preparado para descubrir cómo aprovechar al máximo las deducciones por hijos en tu declaración de la renta? ¡Aquí tienes una lista completa de todas las deducciones que el IRPF indica para el año 2025! Si quieres saber más, pulsa en cada una de ellas y podrás leer un artículo explicativo más detallado.

Deducciones estatales:

  1. Deducción por maternidad e incremento adicional por gastos de custodia.
  2. Deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo.
  3. Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Deducciones autonómicas:

  • Adopción internacional de hijos: Andalucía, Aragón, Asturias, Madrid, Murcia
  • Adquirir libros de texto y material escolar: Aragón, Asturias, Baleares, Castilla – La Mancha, Murcia, Valencia
  • Adquisición de libros de texto y material escolar: Aragón, Asturias, Baleares, Castilla – La Mancha, Extremadura, Murcia, Valencia
  • Adquisición de nueva vivienda habitual o ampliación por familias numerosas: Murcia
  • Adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos: Madrid
  • Asistencia a personas con discapacidad: Andalucía, Canarias, Castilla – La Mancha, Extremadura
  • Ayuda doméstica: Andalucía
  • Conciliación del trabajo con la vida familiar: Murcia, Valencia
  • Contribuyentes viudos: Cataluña, Extremadura
  • Cuidado de familiares con discapacidad: Extremadura, Galicia
  • Cuidado de hijos menores: Asturias, Baleares, Canarias, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Valencia
  • Donaciones a descendientes para primera vivienda: Canarias
  • Familia monoparental: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla – La Mancha, Valencia
  • Familia numerosa: Andalucía, Canarias, Castilla – La Mancha, Castilla y León, Galicia, Valencia, Murcia
  • Gastos de guardería: Aragón, Cantabria, Castilla – La Mancha, Madrid, Murcia, La Rioja
  • Gastos educativos: Andalucía, Madrid
  • Nacimiento o adopción de hijos: Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla – La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, La Rioja, Valencia
  • Nacimiento o adopción de hijos con discapacidad: Aragón, Valencia
  • Partos múltiples o adopciones múltiples: Asturias, Castilla y León, Extremadura, Valencia

Si todavía te haces preguntas sobre cómo los hijos afectan tus impuestos de IRPF, ¡en TaxDown tenemos todas las respuestas que necesitas! Con un asesoramiento de calidad a un precio que no te hará arrancarte los pelos, ¡estamos aquí para resolver todas tus dudas!

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Autor
Equipo TaxDown
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