¿Acabas de ser padre o estás a punto de serlo? Enhorabuena. Y ahora, la pregunta del millón: ¿sabías que tener hijos te permite pagar menos en tu declaración de la renta? Aunque no existen unas "deducciones por paternidad" como tal, hay un buen puñado de ventajas fiscales para padres que muchos desconocen y que pueden suponer un ahorro importante en tu IRPF.
Hoy te contamos todas las opciones que tienes en 2026, desde las estatales hasta las autonómicas, para que no dejes ni un euro en el camino.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Vamos a aclarar esto desde el principio para que no haya confusión. En España no existe una deducción específica por paternidad en el IRPF estatal. Lo que sí existe es la deducción por maternidad, que en ciertos casos excepcionales puede cederse al padre. Suena un poco injusto, pero así está la normativa a día de hoy.
Ahora bien, que no haya una deducción con ese nombre no significa que como padre no puedas ahorrarte un buen dinero en tu declaración. Hay varias vías, y te las vamos a explicar una por una.
Estas son las cuatro grandes ventajas fiscales a las que puedes acogerte por ser padre:
Vamos al detalle.
La deducción por maternidad es de 1.200 € al año (o 100 € al mes si se solicita el cobro anticipado mediante el Modelo 140). Está pensada para madres trabajadoras con hijos menores de tres años que estén dadas de alta en la Seguridad Social.
Pero hay dos situaciones excepcionales en las que el padre puede solicitar esta deducción:
En estos casos, el padre pasa a tener derecho a los 1.200 € anuales exactamente en las mismas condiciones que la madre.
📌 Requisito clave: el hijo tiene que ser menor de tres años (o llevar menos de tres años inscrito en el Registro Civil en caso de adopción) y el padre debe estar dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad.
Además, existe un incremento adicional de hasta 1.000 € por gastos de guardería o centro de educación infantil autorizado. Esta cantidad extra también puede aplicarla el padre si cumple los requisitos mencionados arriba.
⚠️ Ojo: esta deducción por maternidad (cedida al padre) no es compatible con el complemento de ayuda para la infancia del Ingreso Mínimo Vital. Si ya lo recibes, tendrás que elegir una de las dos.
Esta es la ventaja fiscal más importante y la que sí o sí podrás aplicarte como padre. Se llama mínimo por descendientes y funciona así: por cada hijo que tengas a tu cargo, una parte de tus ingresos queda exenta de tributar. En la práctica, eso significa que pagas menos IRPF.
Las cantidades son las siguientes:
Y aquí viene un extra que mucha gente no conoce: si tu hijo es menor de tres años, a la cantidad que corresponda se le suman 2.800 € más. Es decir, por tu primer hijo recién nacido, el mínimo exento sería de 2.400 + 2.800 = 5.200 €.
📌 Ejemplo práctico: Imagina que eres padre soltero, ganas 32.000 € brutos al año y acabas de tener tu primera hija. En lugar de calcular tu IRPF sobre los 32.000 €, Hacienda lo calculará sobre 32.000 − 5.200 = 26.800 €. Si tu tipo marginal ronda el 30 %, eso supone un ahorro de unos 1.560 € en impuestos. Nada despreciable.
⚠️ Si estás casado y hacéis declaración conjunta, el mínimo por descendientes se aplica una sola vez a la unidad familiar (no se duplica). Pero si hacéis declaraciones individuales, el mínimo se prorratea al 50 % entre ambos progenitores.
📌 Ejemplo con pareja: Tú y tu pareja tenéis dos hijos (uno de 5 años y otro de 1 año). Si hacéis declaraciones individuales, cada uno se aplica la mitad del mínimo. El cálculo total sería: primer hijo 2.400 € + segundo hijo 2.700 € + extra menor de 3 años 2.800 € = 7.900 €. Cada progenitor se aplica 3.950 € de mínimo exento.
Para que puedas aplicarte el mínimo por descendientes, tus hijos deben cumplir todos estos requisitos:
Si tu hijo tiene una discapacidad reconocida, se suma un mínimo adicional:
Estas cantidades se acumulan al mínimo por descendientes, así que el ahorro puede ser muy significativo.
Esto genera muchas dudas y es una gran noticia. Desde 2018, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, las prestaciones por maternidad y paternidad que paga la Seguridad Social están exentas de IRPF. Es decir, los 16 semanas de permiso de paternidad que te corresponden no tributan. Para Hacienda, es como si no hubieras cobrado ese dinero.
📌 Dato importante: la base máxima de cotización que limita esta exención se fija cada año. A efectos prácticos, si cobras por debajo de esa base (que en 2024 fue de 4.720,50 €/mes), toda tu prestación queda exenta. La inmensa mayoría de trabajadores está muy por debajo de ese tope.
Esto se aplica tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos. En el caso de los autónomos, el importe de la prestación se calcula sobre la base de cotización por contingencias comunes.
⚠️ Que esté exenta no significa que no la tengas que declarar. Aparecerá en tu declaración como renta exenta, pero no sumará a tu base imponible. Simplemente, asegúrate de que aparece correctamente reflejada en tus datos fiscales.
Si tienes tres o más hijos (o dos si uno tiene discapacidad), puedes obtener el título de familia numerosa y acceder a una deducción adicional en el IRPF que se suma a todo lo anterior.
Las cuantías son:
📌 Ejemplo: Familia numerosa especial con 6 hijos → 2.400 € + 600 € (por el hijo adicional) = 3.000 € de deducción.
Esta deducción funciona como una minoración directa de la cuota (es decir, te la restan directamente de lo que tendrías que pagar, no de la base imponible). Y puedes solicitar el cobro anticipado de 100 € al mes (o 200 € en categoría especial) presentando el Modelo 143 ante la Agencia Tributaria.
Requisitos:
Aquí está el tesoro escondido. Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones por nacimiento, adopción o acogimiento de hijos. Y algunas son bastante generosas. El problema es que el borrador de Renta Web muchas veces no las aplica automáticamente, así que conviene conocerlas para no perder dinero.
Te hacemos un repaso actualizado:
🟢 Andalucía200 € por cada hijo nacido, adoptado o acogido. Si vives en un municipio con menos de 3.000 habitantes, sube a 400 €. Adopción internacional: 600 € adicionales. Requisito de renta: base imponible inferior a 25.000 € (individual) o 30.000 € (conjunta).
🟢 Aragón200 € por cada hijo nacido o adoptado, que sube a 500 € a partir del tercer hijo. Adopción internacional: 600 €. Si el hijo tiene discapacidad del 33 % o más, deducción adicional.
🟢 Principado de Asturias1.010 € por adopción de menores en el extranjero. 505 € por partos múltiples o adopciones simultáneas. 303 € para familias monoparentales.
🟢 CanariasUna de las comunidades más generosas. La deducción varía según el número de hijos: primer o segundo hijo 200 €, tercer hijo 400 €, cuarto hijo 600 €, quinto hijo o más 700 €.
🟢 Cantabria100 € por cada hijo nacido o adoptado.
🟢 Castilla-La Mancha100 € por cada hijo nacido o adoptado. Si vives en un municipio de menos de 5.000 habitantes, se duplica.
🟢 Castilla y LeónDeducciones por partos múltiples y por nacimiento en municipios de menos de 5.000 habitantes. Consulta las cuantías específicas según tu situación.
🟢 Cataluña150 € en declaración individual, 300 € en conjunta por nacimiento o adopción. Si eres familia monoparental, te quedas con los 300 € completos. No depende de tus ingresos, se aplica a todos.
🟢 Comunidad ValencianaDeducciones por nacimiento, adopción y acogimiento, con cuantías que dependen de la renta y del número de hijos. También incluye deducciones por gastos de guardería.
🟢 Extremadura300 € por cada hijo nacido en parto múltiple. Requisito: base imponible inferior a 19.000 € (individual) o 24.000 € (conjunta).
🟢 GaliciaEscala progresiva según tu renta. Para bases imponibles hasta 22.000 €: 360 € por el primer hijo, 1.200 € por el segundo y 2.400 € por el tercero. Entre 22.001 € y 31.000 €: 300 € por hijo.
🟢 Comunidad de MadridPrimer hijo: 600 €. Segundo hijo: 750 €. Tercer hijo y siguientes: 900 €. Nacimientos o adopciones múltiples: 600 € adicionales. Requisito: base imponible general y del ahorro del contribuyente inferior a 30.000 € (individual) y base de la unidad familiar inferior a 61.860 €.
🟢 Región de MurciaDeducciones escalonadas por nacimiento o adopción, además de un 15 % de los gastos de guardería (hasta 330 € por hijo) y deducciones para familias numerosas de entre 505 y 1.010 €. Requisito: renta inferior a 25.009 € (individual) o 35.240 € (conjunta).
🟢 La RiojaOtra de las comunidades más generosas. Primer hijo: 1.010 €. Segundo hijo: 1.475 €. Tercer hijo o más: 2.351 €. Si tienes dos hijos en menos de un año: se suma un 50 % extra. Tres o más en dos años: 100 % adicional.
⚠️ Importante: estos importes y requisitos pueden variar ligeramente de un ejercicio a otro. Te recomendamos siempre verificar las cuantías exactas para el ejercicio que estés declarando (en este caso, la renta 2025 que se presentará en 2026).
Esta es una duda muy habitual. Las reglas generales son:
📌 Si tienes la custodia compartida, el mínimo por descendientes se prorratea al 50 % entre ambos progenitores. No puedes optar por las anualidades por alimentos en este caso.
📌 Si no tienes la custodia pero pagas una pensión de alimentos por decisión judicial, no puedes aplicar el mínimo por descendientes, pero sí puedes beneficiarte del tratamiento fiscal especial de las anualidades por alimentos (que tributan de forma separada y a un tipo más bajo).
📌 Si tienes la custodia exclusiva, te aplicas el mínimo por descendientes completo.
⚠️ Solo uno de los dos progenitores puede incluir a los hijos en la declaración conjunta. El otro tendrá que hacer la declaración individual.
¿La baja por paternidad de 16 semanas tributa en la renta?
No. Desde 2018, la prestación por paternidad que paga la Seguridad Social está totalmente exenta de IRPF. Aparecerá como renta exenta en tu declaración, pero no sumará a tu base imponible ni pagarás impuestos por ella.
¿Puedo cobrar la deducción por maternidad si soy padre soltero?
Solo si tienes la custodia exclusiva del hijo o si la madre ha fallecido. En esos casos, puedes solicitar los 1.200 € anuales (100 €/mes anticipados con el Modelo 140) en las mismas condiciones que una madre trabajadora.
¿Las deducciones autonómicas se aplican automáticamente en el borrador de Hacienda?
En muchos casos, no. El borrador de Renta Web tiene fama de "olvidarse" de algunas deducciones autonómicas. Si no revisas bien tu declaración, puedes estar dejando dinero sobre la mesa. Por eso es importante repasar las deducciones de tu comunidad o, mejor aún, dejar que alguien lo revise por ti.
Resumiendo: aunque en España no existe una "deducción por paternidad" con ese nombre, como padre tienes acceso a un buen abanico de ventajas fiscales. El mínimo por descendientes te permite dejar exentos entre 2.400 € y 4.500 € por hijo. La deducción por familia numerosa puede suponer hasta 2.400 € directos. Y las deducciones autonómicas por nacimiento pueden llegar a más de 2.000 € dependiendo de dónde vivas. Todo suma.
El problema es que muchas de estas ventajas no se aplican solas. Si te fías solo del borrador de Hacienda, es muy probable que te dejes deducciones sin marcar, especialmente las autonómicas.
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