Deducciones fiscales por obra o reforma

Descubre qué reformas te permiten ahorrar en tu declaración y cómo aprovechar al máximo las deducciones fiscales disponibles.

Actualizado en:
6/2/2026
Resumiendo:
Las deducciones fiscales por obras y reformas en vivienda te permiten ahorrar en el IRPF. Puedes deducirte entre el 15% y 60% según el tipo: mejoras energéticas, rehabilitación o adaptación por discapacidad. Necesitarás certificados y pagos trazables.

¿Estás pensando en hacer reformas en casa y te preguntas si eso te puede ayudar a ahorrar en impuestos? ¡Estás en el lugar correcto! Vamos a desglosar cómo puedes beneficiarte de las deducciones fiscales por obras o reformas en tu vivienda.

Si estás en plena reforma o planeando una, TaxDown puede ayudarte a descubrir si puedes aplicar alguna deducción por estas obras en tu declaración. ¡No dejes pasar la oportunidad de ahorrar!

Contenidos:

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¿Cuáles son las deducciones por obra o reforma?

Aqui te dejamos un resumen actualizado y claro:

➕ Ampliación de vivienda habitual

Si has ampliado tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y has pagado directamente esos gastos, podrías deducirte un 15% del total invertido. Eso sí, la obra debe aumentar la superficie habitable de forma permanente.

¿Te suena complicado? Con TaxDown, descomplicamos las deducciones. Te ayudamos a entender qué puedes deducir y cómo hacerlo correctamente en tu declaración. ¡Empieza ahora!

🏠 Rehabilitación de vivienda habitual

Si realizaste obras de rehabilitación en tu vivienda habitual, puedes aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual solo si:​

  • Iniciaste la deducción antes del 1 de enero de 2013.​
  • Las obras se completaron antes del 1 de enero de 2017.​

En este caso, puedes deducirte el 15% de las cantidades satisfechas, con una base máxima anual de 9.040 euros.

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🌡️ Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Si has realizado obras en tu vivienda habitual, en una vivienda que tienes alquilada como habitual o que piensas alquilar como tal (siempre que lo hagas antes del 31 de diciembre de 2026), y estas obras han conseguido una reducción mínima del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, puedes deducirte el 20% de las cantidades satisfechas, con un límite máximo de 5.000 euros anuales.​

Es necesario contar con certificados de eficiencia energética emitidos por un técnico competente antes y después de las obras.​

Reducción del consumo de energía primaria no renovable

Si las obras realizadas en tu vivienda han logrado una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable o han mejorado la calificación energética hasta obtener una clase A o B, puedes deducirte el 40% de las cantidades satisfechas, con un límite máximo de 7.500 euros anuales.​

También en este caso, es imprescindible disponer de certificados de eficiencia energética antes y después de las obras.​

🏢 Obras de rehabilitación energética en edificios residenciales

Si vives en un edificio que ha pasado por una rehabilitación energética y ha mejorado su eficiencia, puedes acceder a una deducción de hasta el 60% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 5.000 euros anuales.​

Es necesario que las obras hayan conseguido una reducción mínima del 30% en el consumo de energía primaria no renovable o una mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B.​

Adecuación de la vivienda por discapacidad

Si has realizado obras para adaptar tu vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad, puedes beneficiarte de una deducción del 10% en el tramo estatal y otro 10% en el tramo autonómico (este porcentaje puede variar según la comunidad autónoma).​

Para que esta deducción aplique, las obras deben haberse completado antes del 1 de enero de 2017, habiendo empezado antes del 1 de enero de 2013.​

Pueden beneficiarse de esta deducción:​

  • Los contribuyentes con discapacidad.​
  • El cónyuge del contribuyente con discapacidad.​
  • Un familiar hasta el tercer grado que conviva con la persona con discapacidad.

Además, si eres copropietario del edificio donde se han realizado estas obras en espacios comunes y has contribuido al pago, también podrías aplicarte esta deducción en el IRPF.​

Requisitos comunes para todas las deducciones:

  • Medios de pago: Las cantidades satisfechas deben haberse abonado mediante medios de pago que permitan la identificación del perceptor y del pagador, como transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.​
  • Subvenciones: Si has recibido alguna subvención para la realización de las obras, deberás descontar la parte subvencionada de las cantidades satisfechas para calcular la base de la deducción.​
  • Certificados de eficiencia energética: Es necesario disponer de certificados emitidos por un técnico competente antes y después de las obras para acreditar la mejora en la eficiencia energética.​

¿Necesitas ayuda para aplicar esta deducción por adecuación por discapacidad? En TaxDown te asistimos para que no pierdas este beneficio. Nuestro equipo te guía para que apliques correctamente esta y otras deducciones a las que tengas derecho. ¡Maximiza tu ahorro con TaxDown!

¿Quién puede aplicarse esta deducción?

Esta deducción está disponible para las obras realizadas en la vivienda habitual que faciliten la vida diaria de personas con discapacidad. Puedes aplicarte esta deducción si las obras se hicieron para ti, tu cónyuge, o un familiar hasta el tercer grado, ya sea por consanguinidad o afinidad, siempre que conviva contigo.

Es crucial que la persona con discapacidad viva en la vivienda y sea propietaria, arrendataria, subarrendataria o usufructuaria de la misma.

Las mejoras deben estar enfocadas en hacer la vivienda más accesible y deben ser validadas por una autoridad competente, como el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el órganocorrespondiente en tu comunidad autónoma.

Preguntas frecuentes

¿Hay algo que no te cuadra? Estas preguntas frecuentes pueden ayudarte a verlo todo más claro.

¿Puedo deducirme en la Renta 2025 las obras de rehabilitación energética realizadas en mi comunidad de vecinos?

Sí, si tu comunidad de vecinos ha hecho obras para mejorar la eficiencia energética del edificio, puedes deducirte hasta el 60% de lo que hayas pagado, según tu porcentaje de participación en la comunidad. El límite anual de deducción es de 5.000 euros, pero si lo superas, puedes aplicar el resto en los cuatro años siguientes, con un máximo total de 15.000 euros.
Para que las obras sean consideradas de rehabilitación energética, deben conseguir al menos una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable, o bien mejorar la calificación energética del edificio hasta alcanzar una clase A o B. Esto debe acreditarse con un certificado de eficiencia energética emitido antes y después de las obras.
La deducción se aplica en el ejercicio en que se expide el certificado posterior, y se tienen en cuenta los pagos realizados desde el 6 de octubre de 2021. Eso sí, el certificado debe haberse emitido antes del 1 de enero de 2026.
Recuerda que esta deducción no se aplica a obras en elementos comunes como garajes, jardines o piscinas si no están directamente relacionadas con la mejora energética del edificio.

¿Puedo deducirme las obras realizadas para reducir la demanda de calefacción y refrigeración en mi vivienda?

Sí, puedes deducirte el 20% de lo que hayas pagado por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, con un límite anual de 5.000 euros. Esta deducción está pensada para viviendas habituales, viviendas que tienes alquiladas como habitual o que piensas alquilar como tal (siempre que lo hagas antes del 31 de diciembre de 2026).
Para que te apliquen la deducción, las obras deben conseguir una reducción mínima del 7% en la suma de la demanda de calefacción y refrigeración. Y sí, como siempre, tendrás que demostrarlo con dos certificados de eficiencia energética: uno antes de las obras y otro después, emitidos por un técnico competente.
La deducción se aplica en el año en que se expide el certificado posterior, aunque los pagos se hayan hecho antes (siempre que sean desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre del año en que se expida el certificado).
Eso sí, hay condiciones:
No es compatible con otras deducciones energéticas si se trata de la misma obra.
Si hiciste reformas en una parte de la casa que usas como autónomo, esa parte no cuenta para la deducción.
Los pagos deben hacerse por medios que permitan identificar a quién paga y quién cobra (nada de efectivo, vamos).

¿He hecho obras en casa para mejorar la eficiencia energética, puedo deducírmelo en la Renta 2025?

¡Claro que sí! Si has hecho obras desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025, puedes deducirte una parte de lo que hayas pagado. Eso sí, hay que cumplir algunos requisitos.
Primero, las obras tienen que haberse hecho en tu vivienda habitual, en una que tengas alquilada como residencia habitual, o en una que pienses alquilar con ese fin (pero ojo, tienes que alquilarla antes del 31 de diciembre de 2026).
Además, necesitas tener dos certificados de eficiencia energética: uno antes de empezar y otro después de acabar. Este último debe emitirse antes del 1 de enero de 2026, y es lo que marca en qué declaración te puedes aplicar la deducción.
Los pagos deben hacerse por banco: transferencia, tarjeta, cheque… Nada de efectivo. Y si te han dado una subvención, tienes que restarla del total pagado para calcular cuánto puedes deducirte.
¿Qué gastos puedes deducir? Todo lo relacionado con la obra, como:
Honorarios de arquitectos o técnicos.
Redacción de proyectos.
Dirección de obra.
Coste de materiales y equipos.
Emisión de los certificados energéticos.
Eso sí, no cuentan los equipos que usen combustibles fósiles (gas, gasoil, etc.).
En resumen: si has mejorado la eficiencia energética de tu casa y cumples con los requisitos, puedes ahorrarte un buen pellizco en la Renta 2025. ¡No lo dejes pasar!

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Preguntas frecuentes sobre deducciones por obras y reformas en vivienda

¿Tienes dudas sobre cómo ahorrar en impuestos con las reformas de tu casa? Aquí te resolvemos las preguntas más comunes de forma clara y sencilla.

¿Qué tipos de obras me puedo deducir en la declaración de la renta?

Puedes deducirte varios tipos de obras: ampliaciones de vivienda realizadas antes de 2013 (15% de deducción), obras de rehabilitación energética que reduzcan el consumo de calefacción y refrigeración (20% hasta 5.000€), mejoras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en un 30% (40% hasta 7.500€), rehabilitaciones energéticas en edificios residenciales (60% hasta 5.000€) y adaptaciones por discapacidad (10% en tramo estatal y 10% en autonómico). Cada una tiene sus propios requisitos y plazos, así que es importante verificar cuál se ajusta a tu caso.

¿Necesito algún certificado para aplicar las deducciones por eficiencia energética?

Sí, es imprescindible. Para las deducciones relacionadas con mejoras energéticas necesitas dos certificados de eficiencia energética emitidos por un técnico competente: uno antes de comenzar las obras y otro después de finalizarlas. Este segundo certificado debe estar expedido antes del 1 de enero de 2025 y es el que determina en qué ejercicio fiscal puedes aplicarte la deducción. Sin estos certificados, no podrás beneficiarte de estas deducciones.

¿Puedo deducirme las obras si he recibido una subvención o ayuda pública?

Sí puedes deducirte las obras, pero con un matiz importante: debes restar la cantidad de la subvención recibida del total que has pagado. Es decir, solo podrás deducirte la parte que realmente has pagado de tu bolsillo. Por ejemplo, si las obras costaron 10.000€ y recibiste una subvención de 3.000€, solo podrás aplicar la deducción sobre los 7.000€ restantes que pagaste tú.

¿Cómo debo pagar las obras para poder aplicar la deducción?

Es fundamental que todos los pagos se realicen mediante medios que permitan identificar tanto al pagador como al receptor. Esto incluye transferencias bancarias, tarjetas de crédito o débito, cheques nominativos o ingresos en cuentas bancarias. Los pagos en efectivo no son válidos para aplicar ninguna de estas deducciones fiscales, así que guarda siempre los justificantes bancarios de todos los pagos relacionados con las obras.

¿Puedo deducirme las obras realizadas en los espacios comunes de mi comunidad de vecinos?

Sí, si tu comunidad de vecinos ha realizado obras de rehabilitación energética en el edificio, puedes deducirte hasta el 60% de lo que hayas pagado según tu porcentaje de participación en la comunidad, con un límite de 5.000€ anuales (y hasta 15.000€ en total si lo aplicas en varios años). Las obras deben conseguir una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética hasta clase A o B. Eso sí, esta deducción no aplica a obras en garajes, jardines o piscinas que no estén relacionadas directamente con la mejora energética del edificio.

¿Quién puede aplicarse la deducción por adecuación de vivienda por discapacidad?

Pueden beneficiarse de esta deducción los contribuyentes con discapacidad, su cónyuge, o un familiar hasta el tercer grado (por consanguinidad o afinidad) que conviva con la persona con discapacidad. Es necesario que la persona con discapacidad viva en la vivienda y sea propietaria, arrendataria, subarrendataria o usufructuaria. Las obras deben estar enfocadas en mejorar la accesibilidad y deben ser validadas por una autoridad competente. Recuerda que las obras deben haberse completado antes del 1 de enero de 2017, habiendo empezado antes del 1 de enero de 2013.

¡Te aplicamos estas deducciones!

Si las reformas en tu hogar cumplen estos criterios, podrías estar dejando pasar una deducción significativa. En TaxDown, queremos que aproveches cada beneficio fiscal disponible. Nos encargamos de aplicar estas deducciones por ti de forma automática, asegurando que tu declaración sea lo más ventajosa posible.

Si tienes dudas o no estás seguro de cómo hacerlo, nuestros expertos están aquí para asistirte. ¡Únete a nosotros y descubre lo fácil que puede ser ahorrar en tu declaración de impuestos!

Autor
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