Si contratas ayuda doméstica en tu hogar, puedes beneficiarte de una deducción autonómica en Andalucía que te permitirá ahorrar en tu declaración de la renta. Aquí te explicamos cuánto puedes deducir, los requisitos para aplicar esta ayuda y cómo hacerlo correctamente.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Puedes deducirte un 20% de los gastos de ayuda doméstica, con un límite máximo de 500 euros al año. Esta deducción también se aplica a contribuyentes que tengan 75 años o más.
Para poder beneficiarte de esta deducción, debes cumplir con las siguientes condiciones:
Asegúrate de tener toda la documentación que acredite tu derecho a esta deducción:
Guardar estos documentos es clave en caso de que la Agencia Tributaria necesite comprobar la información.
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo beneficiarte de esta deducción autonómica en tu declaración de la renta.
Puedes deducirte el 20% de lo que gastes en ayuda doméstica, con un tope máximo de 500 euros al año. Por ejemplo, si pagas 3.000 euros anuales en ayuda doméstica, podrás deducirte 500 euros (el límite máximo). Si pagas 2.000 euros, te deducirías 400 euros (el 20%).
Debes cumplir alguna de estas situaciones: ser padre o madre con hijos a cargo y que ambos miembros de la pareja trabajen y reciban rendimientos del trabajo, o bien tener 75 años o más. Es importante recordar que esta deducción no es compatible con la deducción por asistencia a personas con discapacidad, tendrás que elegir una de las dos.
No, para poder beneficiarte de esta deducción es necesario que ambos miembros de la pareja reciban rendimientos del trabajo. Si solo uno trabaja, no podrás aplicar esta ayuda fiscal.
Debes conservar el contrato de la persona empleada del hogar, los justificantes de los pagos realizados (recibos, transferencias bancarias, nóminas) y, si aplicas la deducción por tener más de 75 años, documentos que acrediten tu edad. La Agencia Tributaria puede pedirte esta documentación para comprobar que cumples los requisitos.
Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Andalucía, concretamente en las casillas 850 a 865 de tu declaración. Es importante revisar bien que cumples todos los requisitos antes de incluirla.
Sí, las personas de 75 años o más pueden beneficiarse de esta deducción aunque no tengan hijos a cargo. En este caso, el requisito de edad sustituye al requisito de tener descendientes.
No, estas dos deducciones son incompatibles entre sí. Tendrás que elegir la que más te beneficie según tu situación particular, pero no podrás aplicar ambas en la misma declaración.
Esta deducción se aplica en el apartado de deducciones autonómicas de Andalucía, dentro de las Casillas 850 a 865 de tu declaración de la renta. Revisa bien los requisitos y asegúrate de no aplicar esta deducción si ya has optado por la de asistencia a personas con discapacidad.
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No, ambos cónyuges o integrantes deben recibir rendimientos del trabajo.
Puedes beneficiarte de la deducción si cumples con el resto de los requisitos, incluida la incompatibilidad con otras deducciones.
No, debes elegir una de las dos, ya que son incompatibles.
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