Cómo darse de alta en Clave Pin paso a paso

Descubre cómo registrarte paso a paso en el sistema Cl@ve y obtener tu PIN para gestionar trámites con Hacienda de forma segura.

Actualizado en:
6/2/2026
Resumiendo:
La Cl@ve PIN es tu llave para hacer trámites con Hacienda online. Para darte de alta necesitas tu DNI y el código CSV de la carta de invitación (o hacer videollamada). Una vez registrado, recibirás el PIN por SMS o app móvil cada vez que lo necesites.

La Clave PIN o Cl@ve PIN es una identificación electrónica segura que es elegida por uno mismo y sirve para realizar trámites administrativos online. Tiene una validez limitada en el tiempo y que se puede renovar cada vez que se quiera.  

Por lo que, obtener la Clave Pin de Hacienda, no sólo permite presentar la declaración de la renta, si no también hacer otros trámites, como responder a notificaciones o cambiar la dirección donde queremos que Hacienda nos mande documentación. En este artículo veremos todo lo que necesitas saber para darte de alta en Cl@ve PIN. 

Contenidos:

La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.

Primero, ¿Qué necesitas tener a mano? 

Pues poquitas cosas, pero básicas para darse alta con éxito en Cl@ve PIN. Primeramente, tendrás que tener a mano el DNI, por supuesto, y teléfono personal que, en este caso, tendrás que aportar en caso en el que hagas videollamada con los agentes. 

Y, por último, pero no por eso menos importante el Seguro de Verificación (CSV) está compuesto de 16 dígitos (números y letras) y lo podrás encontrar en la carta que has recibido por correo postal. 

 Para poder tener la cl@ve pin, primero hay que darse de alta en el sistema cl@ve. Una vez estemos registrados, tendremos que seguir los pasos necesarios para obtenerla. Veremos cada paso a continuación: 

Pasos para darse de alta en el sistema Cl@ve

Paso 1

Lo primero, meterse en la página de la AEAT y seleccionar la opción de Cl@ve PIN

Página de la AEAT

Paso 2

Hay que entrar en “Registro en Cl@ve” y comenzar el proceso de registro indicando el DNI / NIE. 

  • DNI: 8 números y letra (importante no hay que poner ni guiones ni espacios porque dará error) 
  • NIE: Letra, 7 números y letra (También sin guiones ni espacios) 

Seguidamente, al pulsar «Continuar» se validarán los datos introducidos. Si estos datos son correctos, en el siguiente paso habrá dos vías de registro por internet sin certificado electrónico:  

  • con CSV, previa solicitud de carta de invitación,  
  • y por videollamada. 

Paso 3 

Por un lado, si en lo mencionado anteriormente seleccionamos la opción de CSV, se necesitará una carta de invitación para registrarse en Cl@ve .

Para ello, existe un botón llamado «Si, envíenme una carta de invitación a mi domicilio fiscal» y cuando está se seleccione, se confirmará el envío de la carta con un breve mensaje. 

Por otro lado, si se selecciona en el paso anterior la opción de registro por videollamada al pulsar “También puede registrarse por videollamada». 

Para ello, te aconsejamos que tengas cerca tu documento de identidad, ya que lo deberás mostrar al empleado público para identificarte. Así como, tendrás que decir el teléfono móvil que quieres utilizar en Cl@ve.  

Recuerda que solo puedes utilizar este servicio en nombre propio, por lo que no se aceptan terceras personas. 

Paso 4

Una vez que hayas tengas la carta porque te la hayan mandado a tu domicilio, hay que volver al primer paso de acceder al portal «Registro Cl@ve » y añadiendo los datos que comentamos al principio, como el DNI. 

Pero en esta ocasión, seleccionaremos la opción «Ya dispongo de una carta invitación» y «Continuar». 

Paso 5

Hay que cumplimentar el Código Seguro de Verificación (CSV) de 16 caracteres que figura en la carta y pulsa «Continuar».  

Si no lo localizas, consulta la ayuda «¿Cómo obtener el CSV en su carta de invitación?» de la parte inferior. 

Los datos que se solicitan en este último paso son:  

  • el número del teléfono móvil en el que desea recibir el SMS remitido por la AEAT con el PIN. 
  • y un correo electrónico. 

Una vez te hayas registrado en el sistema Cl@ve, que son los pasos descritos hasta ahora, accede al trámite que quieras realizar y sigue estos otros pasos:

Pasos para obtener la Cl@ve PIN

Paso 1

Introduce tu DNI o NIE, y los datos correspondientes en función del tipo de documento que hayas introducido. 

Paso 2 

Una vez pulsemos “Continuar”, aparecerá una ventana con un botón llamado “Obtener Cl@ve PIN” y otro “Deseo personalizar mi código”, este último para personalizar el código que compone la Cl@ve junto al PIN. Después, pulsaremos en “Obtener PIN”. 

Paso 3 

Por último, aparecerá una ventana en el navegador avisando que hay que acceder a la aplicación móvil para ver el PIN solicitado, o si lo prefieres, puedes recibirla por SMS. 

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**Se incluyen hasta 3 declaraciones automáticas. La FED es un trámite distinto y puede requerir otros documentos.

Preguntas frecuentes

¿No te aclaras con algo? No eres el único. Por eso hemos reunido estas preguntas frecuentes.

¿Cómo te das de alta en clave pin desde la App?

Dentro de la aplicación Cl@ve PIN, tienes la opción de acceder al portal «Registro Cl@ve» para realizar el registro utilizando tu certificado o DNI electrónico. Para completar el proceso, necesitarás proporcionar tu número de DNI o NIE y el dato de contraste correspondiente. En caso de utilizar un DNI, deberás indicar la fecha de validez. Si el DNI es permanente (01-01-9999), deberás indicar la fecha de expedición.

¿Qué diferencia hay entre la Cl@ve pin y la Cl@ve permanente?

Cl@ve PIN está pensada para ser utilizada en accesos esporádicos, con una contraseña de validez muy limitada en el tiempo. Es ideal para aquellos que necesitan acceder ocasionalmente a servicios y trámites en línea.
Por otro lado, Cl@ve Permanente está orientada a accesos habituales y al uso de la firma electrónica en la nube. Esta modalidad de Cl@ve cuenta con una contraseña de validez más duradera en el tiempo, aunque no ilimitada. Es especialmente útil para aquellos usuarios que requieren acceder de manera regular a diferentes servicios digitales y realizar firmas electrónicas.
Ambas modalidades de Cl@ve ofrecen opciones de autenticación y acceso seguras, adaptadas a las necesidades específicas de los usuarios en diferentes situaciones y niveles de uso.

Preguntas frecuentes sobre Cl@ve PIN

¿Tienes dudas sobre cómo obtener o usar tu Cl@ve PIN? Aquí te resolvemos las preguntas más comunes de forma sencilla.

¿Qué es exactamente la Cl@ve PIN?

La Cl@ve PIN es un sistema de identificación electrónica que tú mismo eliges y que te permite realizar trámites con la Administración de forma online y segura. Es perfecta para accesos esporádicos, ya que tiene una validez limitada en el tiempo, pero puedes renovarla siempre que lo necesites.

¿Qué documentos necesito para darme de alta en Cl@ve PIN?

Necesitarás muy pocas cosas: tu DNI o NIE, un teléfono móvil personal y el Código Seguro de Verificación (CSV) de 16 caracteres que viene en la carta que recibirás por correo postal. Si optas por el registro mediante videollamada, no necesitarás la carta, pero sí tener tu documento de identidad a mano para mostrarlo al empleado público.

¿Cuánto tarda en llegar la carta de invitación a mi domicilio?

Una vez solicites la carta de invitación con el CSV, esta se enviará a tu domicilio fiscal. El tiempo de entrega depende del servicio postal, pero generalmente suele llegar en unos días laborables. Si prefieres no esperar, siempre puedes optar por el registro mediante videollamada, que es inmediato.

¿Para qué puedo usar la Cl@ve PIN una vez la tenga?

Con tu Cl@ve PIN podrás realizar múltiples trámites con Hacienda: presentar la declaración de la renta, responder a notificaciones, cambiar tu dirección fiscal, consultar tus datos tributarios y acceder a muchos otros servicios de la Agencia Tributaria sin necesidad de desplazarte.

¿Cuál es la diferencia entre Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente?

La Cl@ve PIN está pensada para accesos ocasionales y tiene una validez muy limitada en el tiempo, por lo que es más segura para usos esporádicos. La Cl@ve Permanente, en cambio, está diseñada para quienes acceden habitualmente a servicios digitales y necesitan usar la firma electrónica en la nube, con una contraseña de mayor duración (aunque tampoco es ilimitada).

¿Puedo registrarme en Cl@ve PIN en nombre de otra persona?

No, el registro en Cl@ve PIN es personal e intransferible. Solo puedes registrarte en tu propio nombre, especialmente si utilizas el método de videollamada, donde deberás identificarte personalmente ante el empleado público.

¿Qué hago si no encuentro el CSV en mi carta de invitación?

El Código Seguro de Verificación (CSV) es un código de 16 caracteres (números y letras) que aparece claramente identificado en la carta. Si tienes problemas para localizarlo, en la página de registro hay una ayuda específica llamada "¿Cómo obtener el CSV en su carta de invitación?" que te guiará para encontrarlo.

¿Puedo personalizar mi Cl@ve PIN?

Sí, durante el proceso de obtención del PIN, aparecerá un botón que dice "Deseo personalizar mi código". Si lo seleccionas, podrás personalizar el código que compone tu Cl@ve junto al PIN, haciéndolo más fácil de recordar para ti.

Te lo ponemos fácil

En conclusión, este procedimiento para darte de alta en la cl@ve PIN, nos facilita la realización de todos los trámites relacionados con la AEAT. Siendo este un proceso muy sencillo ya que, por ejemplo, no es estrictamente necesario recordar una contraseña de forma permanente. Además, su validez es limitada en el tiempo, lo que hace que sea más seguro. 

Ya sabes, si tienes alguna duda, no te lo pienses y acude a TaxDown que estaremos encantados de ayudarte y resolverte cualquier duda. 

Autor
Equipo TaxDown
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