Si has realizado obras de mejora en tu vivienda en Cantabria, puedes beneficiarte de una deducción autonómica que te permitirá ahorrar en tu declaración de la renta. Te explicamos cuánto puedes deducir, qué tipos de obras se incluyen y los requisitos que debes cumplir.
La reclamación económico-administrativa es un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda cuando crees que se han equivocado. Tienes 1 mes desde la notificación para presentarla, no necesitas abogado y la resuelve un tribunal independiente. Debes explicar claramente tu caso, aportar pruebas y ser específico en lo que pides. Aunque debería resolverse en 1 año, suele tardar más. Si te deniegan la reclamación, puedes seguir reclamando por otras vías. Es tu derecho como contribuyente y puede ahorrarte mucho dinero.
Para poder beneficiarte de esta deducción, las obras deben cumplir uno de los siguientes objetivos:
Para aplicar esta deducción, es fundamental que los pagos de las obras se justifiquen correctamente:
Asegúrate de guardar toda la documentación necesaria para justificar los gastos ante la Agencia Tributaria.
Resolvemos las dudas más comunes sobre cómo beneficiarte de esta deducción autonómica en tu declaración de la renta.
Puedes deducirte el 15% de lo que hayas gastado en las obras, con un tope de 1.000 euros al año si haces la declaración individual, o de 1.500 euros si la haces conjunta. Si tienes un grado de discapacidad igual o superior al 65%, este límite aumenta en 500 euros más. Y tranquilo, si un año no puedes deducir todo porque superas el límite, puedes aplicar lo que te sobre en los dos años siguientes.
Puedes deducirte obras de rehabilitación reconocidas oficialmente, mejoras de eficiencia energética (como instalar paneles solares o mejorar el aislamiento), obras que mejoren la higiene o el medio ambiente, adaptaciones para mejorar la accesibilidad, instalación de energías renovables, renovación de instalaciones de luz, agua, gas o calefacción, y también la instalación de infraestructuras para Internet o televisión digital. Eso sí, no podrás deducir las obras si las has pagado con subvenciones o si ya te aplicas otra deducción estatal por ellas.
No, los pagos en efectivo no están permitidos para esta deducción. Debes pagar las obras mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Es importante que guardes todas las facturas y justificantes de pago, porque la Agencia Tributaria te los puede pedir para comprobar que cumples los requisitos.
Depende del tipo de obra. Si se trata de una rehabilitación, necesitarás que esté calificada como tal por la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Cantabria. Para el resto de obras (eficiencia energética, accesibilidad, etc.), lo fundamental es que conserves las facturas detalladas y los justificantes de pago mediante métodos formales. Asegúrate de tener toda la documentación bien guardada por si Hacienda te la solicita.
Esta deducción se incluye en el apartado de deducciones autonómicas de Cantabria, concretamente en las casillas 946 a 956 de tu declaración. Si te resulta complicado, herramientas como TaxDown pueden ayudarte a aplicar correctamente todas las deducciones que te corresponden y asegurarte de que no pierdes ningún ahorro.
Esta deducción se encuentra en el apartado de deducciones autonómicas de Cantabria, específicamente en las Casillas 946 a 956 de tu declaración de la renta. Asegúrate de introducir correctamente todos los datos y de que los pagos estén debidamente justificados.
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Las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los dos ejercicios fiscales siguientes.
No, los pagos deben hacerse mediante métodos formales como transferencia, cheque nominativo o tarjeta.
Incluyen mejoras que aumenten la eficiencia energética de la vivienda, como la instalación de paneles solares o el aislamiento térmico.
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